1 de abril de 2011

Plan Renove: adiós a las viejas calderas de gas


Si aún eres de los que utilizan una caldera atmosférica o estanca, no sería mala idea plantearse seriamente su sustitución por una de condensación. En realidad, en comunidades como la de Madrid, con el apoyo del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), este cambio no resulta nada traumático para el bolsillo.


El Plan Renove de Calderas 2010-2011 que ha puesto en marcha la Comunidad de Madrid para fomentar el uso de las calderas de gas de condensación ofrece ahorros de hasta 255 euros, una cifra nada despreciable que viene a sumarse a los importes -menores- que adicionalmente ofrecen los proveedores de gas. Siempre y cuando la nueva caldera sea de condensación, el usuario puede adquirir la marca de caldera que desee y así, beneficiarse de esta ayuda pública que en ningún caso superará el 30% del coste de la caldera más la instalación (IVA no incluido).


Da igual si la caldera antigua es doméstica o de empresa, siempre y cuando su potencia térmica nominal sea menor o igual a 70 kW. Además, el Plan es tan flexible que incluso en la elección del instalador el abanico de posibilidades es muy extenso- se pueden consultar las Empresas Instaladoras Autorizadas en la web cambiatucaldera.com o a través de la Asociación de instaladores (ASEFOSAM).


Requisitos para solicitar ayudas del Plan Renove de la CAM En cuanto a la documentación necesaria para acceder a la subvención, ésta varía según el proveedor de gas, pero por norma general tan sólo se precisa:


- la solicitud de subvención original firmada y sellada por la empresa instaladora, así como por el solicitante de la subvención,

- el Acta de Inspección Periódica de la Instalación, y

- un documento acreditativo del número de cuenta.


Asimismo, es muy importante cumplir con otros dos requisitos:

- presentar la factura del servicio de instalación de la caldera donde se desglose el precio de la caldera y el precio del montaje del aparato

-puesto que no hay derecho a subvención sólo por el mero hecho de la compra, es imprescindible su instalación- y

- el certificado de inutilización de la caldera sustituida firmado y sellado por la empresa instaladora, dado que todas las calderas sustituidas habrán de ser inutilizadas.


¿Qué hay de las salas de calderas? ¿Pueden beneficiarse también de algún tipo de ayuda pública si dan el salto a las calderas de condensación? Pues sí, aunque para ello tendrán que conseguir -y documentar- una reducción anual mínima del 20% del consumo de energía convencional. ¿A qué esperas? En ambos casos, tanto en calderas individuales como en salas de calderas, el plazo de solicitud de las ayudas concluye el 10 de octubre de 2011, salvo agotamiento previo de los fondos asignados. ¡No dejes pasar una nueva oportunidad de ahorrar energía, dinero y de cuidar el medio ambiente!

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